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Asistencia Técnica para IMF (Adecuación Normativa EOC´s)
Es un instrumento mediante el cual se otorga asistencia técnica (AT) a Instituciones de Microfinanzas con el objetivo de que cuenten apoyo para el cumplimiento de la nueva reglamentación establecida por el BCU de acuerdo a la Circular 2411.
La temática para trabajar será seleccionada por la Institución de Microfinanzas de acuerdo a sus necesidades y aprobada posteriormente por ANDE.
La IMFs será responsable de seleccionar el/los proveedores de la AT, presentando la siguiente información de acuerdo con el formulario de postulación:
- Objetivo y alcance de la asistencia técnica, detallando y justificando la temática a trabajar.
- Actividades a desarrollar en el marco del objetivo señalado.
- Cronograma de actividades.
- Presupuesto
Datos de proveedor:
- Razón social
- Rut
- Información de proveedor que acredite su expertise en la temática
ANDE realizará un aporte no reembolsable por un monto máximo de $150.000 por proyecto aprobado, el cual deberá corresponder cómo máximo al 80% del costo total de la asistencia técnica presentada por la IMFs, el aporte en contrapartida deberá realizarse en efectivo.
El plazo de ejecución tendrá una duración máxima de 12 meses.